COMUNICADO INTERNO N°01/CENA -DIC,2015
COMITÉ ELECTORAL NACIONAL DE
“EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA VIDA Y LIBERTAD”
COMUNICADO INTERNO N°01/CENA -DIC,2015
CONVOCATORIA PARA
EL PROCESO DE CONSULTA CIUDADANA A LOS CANDIDATOS QUE REPRESENTARAN AL FAJVL
EN LAS ELECCIONES AL CONGRESO DE LA REPUBLICA Y EL PARLAMENTO ANDINO EN LAS
ELECCIONES GENERALES 2016
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Estimados
afiliados de El FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD.
Reciban
un saludo fraterno del COMITÉ ELECTORAL NACIONAL - CENA, órgano encargado de
convocar, dirigir, supervisar e informar sobre los procesos electorales
internos.
Nos
dirigimos a ustedes para emitir el presente comunicado a fin de convocar a la
elección de los candidatos y candidatas para congresistas y ante el Parlamento Andino que nos representarán
en la Elecciones nacionales del 2016.
Adjunto
a la convocatoria se publica el
Reglamento Electoral, que establece las reglas y normas de esta justa
electoral y que guarda estricto respeto de nuestros basamentos internos como de
la normatividad vigente pública. Asimismo se adjunta cronograma del proceso
electoral.
Informamos
que el CENA publicará de manera continua directivas, informativos, comunicados
y resoluciones dando cuenta del desarrollo del proceso en el objetivo de
elecciones transparentes y bajo una conducta ética a través de los medios
internos y públicos del partido.
Hacemos
un llamado a todos los comités distritales, provinciales, regionales y
nacionales a su difusión así como a la promoción de la participación informada,
activa y masiva de nuestros afiliadas y afiliados de todo el país.
18 de diciembre del 2015
COMITÉ
ELECTORAL NACIONAL, CENA-FAJVL
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PROTOCOLO ELECTORAL PARA ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS
QUE REPRESENTARÁN AL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD PARA LA ELECCIÓN DE
REPRESENTANTES ANTE EL CONGRESO Y PARLAMENTO ANDINO EN LAS ELECCIONES GENERALES
2016
Presentación
Los
procesos electorales en los partidos políticos se realizan aplicando las normas
relativas a la democracia interna contenidas en la Ley de Partidos Políticos
(en adelante LPP), en los Estatutos del Partido y en el Reglamento Electoral
correspondiente, en concordancia con lo señalado en el Art. 40° de nuestro
estatuto vigente.
El
Reglamento Electoral dispone reglas y procedimientos básicos que garantizan la
realización de un adecuado proceso electoral, a partir de las cuales se
planifican, organizan y ejecutan los procesos electorales partidarios. De
acuerdo al mandato dispuesto por el artículo 19 de la LPP (Ley Nº 28094) este
reglamento electoral no puede ser modificado una vez que el proceso electoral
haya sido convocado.
Lima, Viernes 18 de diciembre de 2015
Comité Electoral Nacional
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