¿Que es el Frente Amplio?
¿QUE ES EL
FRENTE AMPLIO?
El FRENTE
AMPLIO es una organización política,
conformada por organizaciones sociales, gremiales, políticas y
culturales izquierdistas y progresistas, y todos l@s ciudadanos y ciudadanas
independientes. Funda su unidad en las Bases Programáticas aprobadas en su
Congreso fundacional y en las modificaciones aportadas en congresos
posteriores. Se caracteriza por ser abierta, incluyente y no confesional, y
práctica hacia dentro y hacia fuera la democracia participativa.
El FRENTE AMPLIO busca contribuir a la
democratización de la sociedad, de la economía y del sistema político en todo
el Perú. Afirma una democracia participativa e intercultural con plena vigencia
de los derechos humanos, relaciones respetuosas entre los seres humanos y la
naturaleza hacia la construcción del buen vivir de las generaciones actuales y
venideras, una búsqueda de justicia social para todas las personas y las
culturas, sin discriminación étnica, de credo, procedencia, edad, género, nivel
socioeconómico, orientación sexual o de cualquier otro tipo.
El FRENTE AMPLIO tiene un plazo indeterminado de duración y se
organiza de acuerdo a la voluntad de sus activistas expresadas en sus congresos
y asambleas, y a través de sus delegad@s
Lineamiento 1: Conformación del FA
1.1.
El Frente Amplio (FA) lo componen ciudadanos y
organizaciones políticas, sociales, gremiales y/o culturales. Las decisiones
que se adoptan se toman mediante mecanismos democráticos de “un activista un
voto” y no por acuerdo de organizaciones y menos de cúpulas.
1.2.
Son activistas del FA las personas naturales,
hombres o mujeres a partir de 15 años sin límite de edad máxima, residentes en
el territorio nacional o en el extranjero, que hayan sido presentados por otro
activista, acepten libremente las Bases Programáticas y cumplan con los
acuerdos del FA. También pueden ser activistas los extranjeros residentes en el país
1.3.
No se admitirá como activistas del FA:
1.3.1. Ciudadanos
que hubieren cometido transfuguismo y mercenarismo político, entendiéndose como
tales al cambio de afiliaciones políticas sin afinidad de pensamiento con el
fin de aprovechamiento personal.
1.3.2. Ciudadanos
que hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad (ejecuciones
extrajudiciales, genocidio, torturas, desapariciones forzosas de personas) u
otros de derechos humanos, así como en delitos contra la administración pública
(peculado, cohecho, malversación de fondos, corrupción de funcionarios, etc.)
en el ámbito nacional o internacional y otros delitos dolosos graves.
1.3.3. En
el caso de ciudadanos procesados por los delitos mencionados que no hubieren
sido aún sentenciados, sus casos deberán ser evaluados por las instancias de
Ética correspondientes.
1.4.
La afiliación o desafiliación del FA es libre y
voluntaria y se realiza en cualquier momento y sin necesidad de expresión de
causa. Ambas se registran en el Padrón de activistas, que tiene carácter
público. El Reglamento determinará las causales de desafiliación y expulsión.
Lineamiento 2: Derechos y
obligaciones de los activistas del FA
2.1. Son derechos
de todos los activistas del FA:
2.1.1. Decidir la política del FA conforme a lo
establecido en el presente lineamientos, participando con voz y voto en las
asambleas de base y/o reuniones de las comisiones o comités de las que sea
miembro, así como en los Congresos en los que le corresponda participar.
2.1.2. Elegir y
ser elegido(a) como representante del FA en las distintas instancias de
dirección así como también para formar parte de las candidaturas para cargos
por elección popular en las listas del FA, siempre que cumpla con los
requisitos establecidos, los reglamentos electorales y los acuerdos.
2.1.3. Ser adecuada y orgánicamente informado(a)
de las decisiones del FA.
2.1.4. Ser escuchado(a) y tener derecho a defensa
ante cualquier proceso de Ética.
2.1.5. Poder ejercer internamente su derecho a la
diversidad de opiniones y a la libre expresión en el marco de las bases
programáticas.
2.2. Son
obligaciones de los activistas del FA:
2.2.1. Participar
en un organismo territorial, funcional o sectorial del FA, contribuyendo al
logro de los objetivos del FA, y cumpliendo con el empadronamiento mediante su
ficha de inscripción, que se adjunta en el anexo 1
2.2.2. Aportar económicamente al sostenimiento del
FA.
2.2.3. Participar activamente en las campañas y
actividades del FA a nivel local, distrital,
provincial,
regional y/o nacional,
2.2.4. Desarrollar
un trato fraterno y solidario hacia los demás activistas, en los espacios
físicos y virtuales, poniendo en práctica los valores del FA en su conducta
diaria.
2.2.5. Proponer iniciativas que contribuyan al
progreso y desarrollo del FA
2.2.6. Ser leal al FA, respetar y cumplir sus
lineamientos y acuerdos.
2.2.7. Practicar la crítica y la autocrítica en el
ejercicio de su actividad.
Lineamiento 3: Actividad del FA
La actividad política del FA se desarrolla en dos planos: el plano
electoral y el plano social.
3.1. En el plano electoral
participa en las elecciones locales, regionales, mientras cuente en su interior
con, por lo menos, un partido inscrito legalmente o una alianza si hubiera más
de un partido inscrito legalmente.
3.2. En el plano social,
participa activamente en las luchas de los movimientos populares, sociales,
laborales, ambientales y de toda población excluida o cuyos intereses se vean
vulnerados, respetando su autonomía. Este plano, se desarrollara de manera permanente.
Lineamiento
4: Organización interna
4.1. La estructura
básica y prioritaria del FA es el comité, que puede ser territorial, sectorial
o funcional. No obstante es potestad de los activistas realizar tareas de
manera individual siempre y cuando contribuyan a los propósitos de la
organización. Además, el FA será reforzado con comisiones funcionales que den
soporte a la actividad del Frente en su conjunto.
4.2. Los comités
tendrán en la asamblea su máxima instancia de decisión y a sus representantes
como voceros y enlace con otros comités. En la medida que estos comités sean
numerosos, podrán conformar sub – comités con sus representantes respectivos.
4.3. La
representación nacional del FA será elegida mediante elecciones universales y
abiertas, la cual deberá estar integrada equitativamente por mujeres, jóvenes y
pueblos indígenas garantizando que el número de mujeres u hombres no sea
inferior al treinta por ciento del total y teniendo como objetivo alcanzar la
paridad. Del mismo modo, se aplicará porcentajes para asegurar la inclusión en
el caso de los jóvenes y los representantes de nacionalidades amazónicas,
pueblos indígenas, comunidades campesinas y afro descendientes. Se instituye el
mandato de posición para cuestiones de género en las listas a cargos de
elección popular. El número máximo de miembros de la representación nacional es
de 18 integrantes para un periodo de dos años como mínimo, los mismos que a su
vez eligen internamente tres coordinadores de manera rotatoria cada cuatro
meses.
Lineamiento 5:
Funcionamiento Interno
5.1. El FA se
estructura considerando los siguientes órganos para la toma de decisiones:
5.1.1. Asambleas de
comités de base: es la instancia de toma de decisiones de los comités locales,
regionales o sectoriales.
5.1.2. Representantes
de comités de base: Cada asamblea de comités de base, elige entre sus
activistas a sus representantes.
5.1.3. Los comités
directivos distritales, provinciales, regionales y nacional, están compuestos
por un mínimo de 6 miembros: Coordinador, coordinador adjunto, responsable de
organización, de comunicaciones, de economía y de movilización.
5.1.4. El Congreso
Nacional: Es la máxima instancia de decisión en donde se toman las decisiones
nacionales más importantes para el
funcionamiento del FA y convoca a la totalidad de los activistas empadronados.
Se espera realizar un congreso cada dos años siendo sus atribuciones, elegir a
los representantes nacionales, aprobar los principios y las bases programáticas
del FA y sus respectivas modificaciones; aprobar los lineamientos
organizativos; elegir la instancia de ética; aprobar la fusión y/o la
disolución del FA; aprobar las alianzas
del FA y resolver casos y situaciones no previstos.
5.1.5. La Asamblea
Nacional: Es la instancia que congrega a todos los representantes de los
comités de base y de nivel nacional. Se reúne para tomar decisiones a nivel
nacional entre congreso y congreso.
5.1.6. La
Representación Nacional: Es la instancia de dirección permanente elegida por el
Congreso, con la finalidad de coordinar las tareas a nivel nacional que se
hayan acordado en el congreso y en las asambleas nacionales. También cumple el
rol de representación pública fuera del FA.
5.2. Adicionalmente
el FA cuenta con organismos funcionales que apoyan a la Representación Nacional
en el cumplimiento de los acuerdos congresales y de asambleas nacionales.
5.2.1. Los comités
funcionales, que pueden ser de organización, economía, comunicaciones,
movilización, campaña y otras que se requiera.
5.2.2. La Bancada
Parlamentaria, Bancadas Regionales y Municipales son órganos integrados por
representantes del FA elegidos por votación popular que definen su acción de
acuerdo con las resoluciones adoptadas por los órganos de decisión del FA.
5.2.3. Instancia de
Ética, encargada de juzgar y decidir sobre las violaciones a la ética y a la
fidelidad a los principios de la organización que se denuncien en contra de
miembros del FA.
5.2.4. Comité de
procesos electorales, que aseguran el mecanismo de elección de representantes a
nivel nacional del FA y de candidatos para procesos electorales mediante el
voto universal y directo de los activistas inscritos en los padrones de
afiliados.
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